Despido a los 68, ¿es justo?

redacción_soy50plus

23/04/2024

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A los 68 años, después de 39 en la empresa, una mujer ha sido despedida de su trabajo por estar en edad de jubilarse. Trabajaba como delegada de ventas en una empresa barcelonesa de material sanitario y recibió la carta de despido en 2021. Desde entonces, lleva inmersa en una batalla judicial que de momento está perdiendo.

Al serle notificado el despido, acudió a los tribunales para reclamar la improcedencia o nulidad del despido por discriminación de edad y solicitó una indemnización por daño moral. El juzgado de los Social Número 24 de Barcelona desestimó su denuncia. Presentó entonces un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que lo que acaba de rechazar.

Esgrime el TSJC que despedir a personas que han llegado a la edad de jubilación es legal y procedente si se cumplen dos requisitos: que la persona despedida pueda cobrar el 100% de la jubilación y que la empresa contrate a otra persona para cubrir el puesto de trabajo vacante. En este caso, se dan ambas circunstancias.

Eso sí, tampoco debieron tenerlo tan claro, porque siete magistrados emitieron un voto particular en el sentido de que sí había discriminación y a la mujer le correspondía una idemnización de 10.000 euros. No obstante, se impuso la decisión de denegársela y considerar el despido procedente.

La afectada apeló a la Carta Social Europea, que al contrario de lo contemplado en el Estatuto de los Trabajadores español, prohíbe despedir por razones de edad y reconoce el derecho a recibir una pensión equitativa al sueldo que el empleado percibía al ser despedido. Sin embargo, el Tribunal ha rechazado también esta posibilidad, argumentando que es normal que la pensión sea inferior al salario, especialmente si este era elevado.

Aquí puedes ver el fallo completo del TSJC.

Y aquí la noticia en El País.

Nos queda claro entonces que es legal. Sólo nos queda preguntarnos si es justo.

Según el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, es legal despedir a un empleado en edad de jubilación si tiene posibilidad de cobrar el 100% de la pensión y si la empresa procede a su sustitución.